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Este,
RESUMEN hace referencia a la "Eutanasia", en cuanto a la oposición
que el autor realiza al llamado a su implementación legal e irrestricta, bajo
una égida ciertamente diabólica. A nuestro entender son varias las
organizaciones que revelan entre otros, estos presupuestos radicalmente
contrarios a la razón superior y la ética y a la propia naturaleza del hombre. No
ocultaremos la intención ni los motivos que subyacen en estas organizaciones
pro-eutanasia, simplemente destruiremos sus fundamentos, con nuestro
(comentario), y con la ayuda de Dios, convertiremos la intención, en verdad...
EUTANASIA
II (Decidir sobre la vida y la muerte)El
objetivo que se proponen estas leyes es el de defender el derecho del paciente a
morir. ¿Sí alcanzan este objetivo? Parece cierto pero sólo en forma limitada.
El derecho del paciente se encuentra restringido por el requisito de escribir un
documento, que debe ser renovado de tiempo en tiempo de acuerdo con diversas
estipulaciones (en California, por ejemplo, cada cinco años) para que conserve
su validez. ¿Cuántas personas se van a imponer la molestia de escribir y de
renovar tal documento para salvaguardar el derecho natural, que ya poseen sin
necesidad de legislación alguna? En California en 1978 se distribuyeron más de
100 mil formularios sobre el Derecho a Morir. Pero de acuerdo con el informe de
una Asociación Médica de California tales formularios no se usan con mucha
frecuencia. Ya avanzado el año 1977, un sondeo hecho a 112 médicos, que
pidieron un total de más de 11 mil copias, reveló que sólo se utilizaron
6720. Todo paciente crítico hospitalizado sin un documento -Esta es mi
Voluntad", ajustado a la ley, corre el riesgo de que lo sometan a
tratamientos inútiles que prolongan su proceso de morir. Los médicos
tratantes, afectados por demandas de "mala práctica·" con seguridad
se negarán a no comenzar o a interrumpir un tratamiento innecesario ante la
ausencia de un documento legal que los protegiera. La preocupación
principal de cualquier legislación sobre la Muerte Natural debiera ser afirmar,
de manera práctica, el derecho natural de cualquier persona a no ser sometida a
tratamientos inútiles. El Estado no nos concede este derecho. Hablando con más
propiedad, él debe venir en defensa de tal derecho, ya que lo tenemos en virtud
de nuestra propia naturaleza. Richard A. Mac Cormick y André E. Hellegers
sugirieron que tal ley debiera especificar la obligación de todo médico a
registrar una enfermedad mortal con un personal apropiado del hospital, que
tendría el derecho a verificar el asunto. "Un paciente capaz podría
entonces exigir por escrito que no se le apliquen tratamientos extraordinarios.
En el caso de un paciente que no estuviera en condiciones de hacerlo, por la
edad o por las circunstancias, la familia podría redactar un documento
semejante con la solicitud. Una vez que se haya escrito esta la legislación
podría determinar que el médico tratante no estaría sujeto a demanda civil o
penal por omisión o interrupción del tratamiento" ( RICHARD A.
McCORMICK and ANDRE F- HELLEGERS, "Legislation and the Living WiLL- América
, marzo 12,1977. p. 213.)
Comentario:Todo
bien, pero esto hasta aquí, nada tiene que ver con la eutanasia, sino con el
ensañamiento terapéutico. Este artículo disfraza una intención subyacente,
¡cuidado!.-Cuando mayor es el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento
de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias
posibles de los hechos. Ciertamente, un principio de razonabilidad debe conducir
a informar de manera fehaciente, ya sea a los familiares del paciente o al
Ministerio Público cuando nos los tiene, de la posibilidades de implementar un
tratamiento extraordinario (dando explicación de las características
fundamentales del tratamiento, los posibles resultados previstos, y aquellos
concomitantes), la complejidad, su carácter excepcional y de desarrollo
experimental, obligaría al galeno a responder en ambas sedes, la civil y
la penal.La práctica de un tratamiento de carácter ordinario, no obligaría a
formular comunicación fehaciente, ya que la autonomía funcional de esta
ciencia, responde a una obligación primaria de carácter ético-profesional. El
moralista Mc Cormick en un artículo escrito en 1981 suavizó su posición
referente a la legislación sobre "Esta es mi Voluntad" porque
"un impresionante número de médicos, abogados y legisladores siguen
creyendo que la afirmación de una persona no es válida sin el respaldo de la
ley". Soy de parecer que las principales objeciones contra la legislación
acerca del Derecho a Morir * están todavía en pie. El propósito de tal
legislación, afirmar el derecho natural de un paciente terminal a morir en paz,
es recomendable y moralmente justa. Con todo, este objetivo no se alcanza con
facilidad, porque las leyes exigen un documento legal, una voluntad expresa,
antes de que se tome la decisión de no aplicar las técnicas para mantener la
vida. Una futura legislación debiera, tener en cuenta esta dificultad de tal
suerte que pueda alcanzarse de manera fácil el fin tan laudable de las leyes
que defienden el derecho a morir con dignidad. Robert M. Veatch redactó tal
proyecto de ley, basado en el derecho natural del paciente terminal a rehusar un
tratamiento que prolongue la vida23.
Comentario: 1)
la vida es anterior a la creación institucional de los Estados, y la persona
humana, su consecuencia originaria, es decir previa a cualquier estatuto legal.
Su reconocimiento no necesita de ley terrena. 2) Es posible que estén en
pie, las bestias con rasgos humanoides que esperan detrás de sus trampas. 3)
El derecho natural proviene de una verdad superior al conocimiento del hombre
positivista y omnipotente. Dios prohibe matar, esa es una ley natural y
universal, por lo tanto inalienable y absolutamente moral. 4) Todavía a Dios
gracias, no existe de manera generalizada en las mentes humanas la creación de
un contrato voluntario, con intención, discernimiento y libertad tendientes a
crear una relación jurídica entre dos sujetos de derecho, que señale que una
de las partes, (la pasiva), haga entrega a otra (activa) su propia vida en
contraprestación de la muerte. 5) Con respecto al fin laudable cabe realizar
dos reflexiones: o se trata de un fin plausible o de un fin relacionado con un
narcótico (láudano). 6) No existe ningún marco legal que otorgue derecho
alguno a "morir con dignidad", lo que otorga la ley es el derecho a
"vivir con dignidad".
¿Es
lícito dejar morir a un paciente, incapaz de tomar decisiones, no aplicándole
o suspendiéndole un tratamiento inútil?Si
un paciente terminal, en buenas condiciones mentales, puede lícitamente rehusar
un tratamiento inútil, las personas responsables de un paciente inepto
mentalmente deben poseer tal derecho. En el caso de menores de edad, la práctica
médica reconoce el derecho de los padres, a rehusar un tratamiento inútil. Sin
embargo, se ha dado un buen número de casos en los que el hospital ha rechazado
la decisión de los padres y. ha recurrido a los jueces para obtener la
autorización de un tratamiento. El caso de Karen Ann Quinlan cautivó atención
mundial. La señorita Quinlan, de 21 años,
sufrió un colapso (por sobredosis de una mezcla de drogas y alcohol) y quedó
en estado de coma el 15 de abril de 1975. No recuperó su estado de conciencia y
fue mantenida en vida mediante un aparato respirador y alimentación intravenosa
por muchos meses. Dado que no se veía esperanza de su recuperación, sus padres
solicitaron al hospital que retirara el respirador. Rehusada la solicitud por
los médicos de la señorita Quinlan, los padres recurrieron al juez y te
solicitaron autorización para retirar el respirador. El Juez Muir, Jr.., de la
Corte Superior de New Jersey, el 10 de noviembre de 1975 negó La solicitud
del padre de Karen. Este hizo apelación a la Corte Suprema de New Jersey, la
cual el 1 de abril de 1976 falló por unanimidad en el sentido de que podía
retirarse el respirador. Se suspendió tal aparato pero Karen continuó
respirando por su cuenta sin lograr salir de su estado de coma. Continuó así
por largos y penosos años para sus padres (Karen murió finalmente en 1986).
Comentario:Es
real este comentario histórico. Si Karen hubiera vivido en estos tiempos
posiblemente, el error de diagnóstico y la declaración de muerte cerebral, la
hubiera conducido a la ablación de sus órganos (estando viva), y su historia
hubiera significado tan sólo, en un caso más. Si la ciencia en ese entonces no
pudo dar motivos racionales a su rebeldía a morir de una vez, seguramente algo
(desconocido para las ciencias), o superior la mantuvo atada a nosotros. La
mención de este caso tiene como objetivo reblandecer nuestro sentir y nuestro
criterio objetivo. Se trata de una estrategia conciliatoria de carácter suave,
como corolario de un esquema duro, tendiente a demostrar una falsa sensibilidad
por el dolor ajeno. No se dejen engañar.
Surgen
dos preguntas con respecto a la eutanasia involuntaria 1
ra).- ¿Según la moral, es lícito, tratándose de un paciente terminal,
mentalmente incapaz, no aplicarle un tratamiento inútil o suspendérselo, retirándole
aparatos, o como se suele decir, "desconectándolo?" Sí, ya que
terminar con un tratamiento extremadamente grave si no ofrece garantía
absoluta, no implica suicidio, sino más bien reconocimiento de la frágil
condición humana. 2da). - ¿Quién es la persona autorizada para
tomar tal decisión? La naturaleza superior al conocimiento racional del
hombre, llámese Dios, única fuente de razón y justicia.Se sigue de nuestras
consideraciones anteriores que es moralmente lícito permitir que todo paciente,
en tales condiciones, muera. Contradice a la naturaleza racional aplicar medios
inútiles. En un Mensaje de Su Santidad Pío XII, dirigido a un grupo de
anestesiólogos el 24 de noviembre de 1957 hizo énfasis en el derecho que
asiste a todo ser humano de morir dignamente. Se valió de los términos
utilizados entonces de medios ordinarios y extraordinarios, y enseñó con
acierto que no existe obligación de usar medios extraordinarios para conservar
la vida.
Comentario:¡Cierto!,
pero debemos aclarar que los cuidados ordinarios son aquellos tratamientos
ortodoxos y habituales para la ciencia médica. Los extraordinarios son aquellos
tratamientos experimentales que muchas veces se encaminan al ensañamiento terapéutico,
cuya puesta en marcha no evita el resultado de muerte.El 5 de mayo de 1980 la
Santa Sede promulgó un Documento con el título: Declaración sobre la
Eutanasia. Aquí se repite la doctrina tradicional de la Iglesia Católica
expuesta por Pío XII y luego la aplica a las condiciones actuales. Allí se
afirma: "No se puede imponer a nadie la obligación de recurrir a un
tipo de tratamiento que, aunque ya esté en uso, todavía no está libre de
peligro o es demasiado costoso. Su rechazo no equivale al suicidio; significa más
bien o simple aceptación de la condición humana, o deseo de evitar la puesta
en práctica de un procedimiento médico desproporcionado a los resultados que
se podrían esperar, o bien una voluntad de no imponer gastos excesivamente
pesados a la familia o a la comunidad" 1)
El primer error es la interpretación de un vocablo perversamente traducido a un
sinónimo. No hace mención, el documento mencionado, a la palabra
costoso, sino utiliza la palabra oneroso, no como sinónimo utilitario y
material, sino como procedimiento pesado, molesto, gravoso para el enfermo. 2)
Es indudable que un tratamiento experimental y desproporcionado a los resultados
esperados, resultará a todas luces un gasto inútil, (ahora sí se aplica en un
sentido material), no sólo a la familia sino también al Estado, cuando
pudiendo contar con medios materiales y humanos para salvar otras vidas
potenciales, se invierte esos capitales en un propósito egocentrista y
omnipotente.
¿Quién
está autorizado para tomar la decisión de dejar morir a un enfermo terminal
sin que se prolongue innecesariamente su proceso de morir?
De
acuerdo con el orden de la naturaleza, tal derecho corresponde a aquellos que
tienen el deber de velar por tal persona. Tales son los miembros de la familia,
los padres, cónyuges, hijos y parientes cercanos. Tal derecho no pertenece a
las autoridades públicas, ya que los ciudadanos no son propiedad del Estado. De
acuerdo con el principio de subsidiaridad las autoridades públicas poseen tal
derecho y tal deber sólo cuando no existen miembros o deudos competentes de la
familia que ejerciten este derecho.
Comentario:El
Principio de Subsidiariedad, es un principio político que tiene como
objetivo la descentralización de la toma de decisiones. El principio de
Subsidiariedad pretende que una decisión administrativa esté a cargo de la
unidad colectiva más pequeña . Las leyes de descentralización se basan en
este principio, que amplía de forma considerable el poder de las autoridades
locales y regionales. Según el principio de Subsidiariedad, el poder central
que detenta el Estado debe conceder iniciativas a los poderes regionales y
locales, con el objeto de que los ciudadanos participen en las decisiones que
conciernen a su vida cotidiana. 1)
Un Estado subsidiario otorga libertades públicas sin perder completamente el
control de la dirección, que tiene por objeto el bien común.Por lo tanto, el
principio de Subsidiariedad no ha sido bien aplicado a este ejemplo, se
desconoce su verdadero sentido y valor. El Estado protege al hombre y a la
familia en razón a un mandato de jerarquía superior a las leyes. 2) No se
trata de cuestiones de competencia, porque la competencia se relaciona con un
conflicto que surge de varios juzgados que se consideran competentes para
entender en el mismo asunto. En este caso no se trata de competencia, sino
de capacidad, es decir, aptitud y para adquirir derechos y contraer
obligaciones, de las cuales la más severa ciertamente se relaciona con los
deberes familiares en el sentido amplio de la palabra. Como el Estado garantiza
la vida, el honor, la dignidad de la persona humana, sean ancianos, niños,
mujeres, la falta de cumplimiento de los deberes de asistencia podrá ser
suplida por medio del Ministerio Público, de acuerdo al caso concreto. Como el
Estado reconoce la posible malicia y arbitrariedad del hombre, jamás puede
conceder una completa y perfecta autonomía de la voluntad al sujeto. El orden
jurídico ciertamente limita las libertades individuales, cuando de tras de él,
trasciende un objetivo mayor, el bien común. Creo que para utilizar lenguaje
jurídico, habría que estudiar un poco e informarse más, si pretende influir
en la sociedad. El discurso intelectualoide y miserable en su propósito
no produce ni conmoción, ni sentimiento de aprobación, ni crecimiento
cognitivo, ni parapgcognitivo. El derecho de
los padres para suspender un tratamiento en el caso de menores de edad es en
general reconocido por las leyes en Norteamérica. Con todo, parece que no
existe una política clara con respecto a los adultos, mentalmente incapaces. La
Corte Suprema de Massachusetts, en su decisión del 28 de noviembre de 1977,
refiriéndose al caso de Joseph Saikewicz afirmó que el Tribunal del Testamento
posee dicha autoridad . Un decreto tal, si fuera a ser reconocido en toda
la Nación (USA) privaría las familias y a aquellos que velan directamente por
el enfermo, de su derecho natural a tomar esta decisión. La Corte se arrogaría
un derecho que no tiene y además estaría en incapacidad de ejercitarlo. Se están
presentando a diario tantos casos semejantes que las cortes se van a ver
demasiado recargadas. Entretanto todos los pacientes terminales van a estar
sujetos a la tortura de verse sometidos a aparatos que les prolonguen la vida
indignamente. Comentario:1) El
reconocimiento en Usa de la libertad de los padres a rehusarse a realizar un
tratamiento para los hijos, es absolutamente relativo, porque ya ha existido
sentencias en sentido puesto, ya que varias Cortes han reconocido que la vida
humana prevalece ante el derecho de constituirse como objetor de conciencia. Véase
caso de Testigos de Jehová. 2) Si se presentan a diario casos relacionados a
la eutanasia, significa a Dios gracias, que el ser humano está tomando razón,
de que no es libre para decidir, ni para disponer de la vida de otra persona. Si
se recurre a la autoridad es en razón de hallar una respuesta puntual, para un
caso específico. Las largas filas, no debe importarle, porque no es de su
competencia conocer sobre un asunto tan privado y ajeno a su voluntad
destructora. 3) No hay nada que pensar, si el aparato prolonga una
muerte inevitable, habrá que apagar la máquina, y que la naturaleza realice su
trabajo, mientras tanto no debe dejarse de suministrar los tratamientos
ordinarios que incluyen no sólo la alimentación, sino también la eliminación
en lo posible de los dolores. Esto no es eutanasia, esto es tratamiento médico
ético, profesional e indiscutiblemente legal. Repito abandonar un tratamiento
extraordinario, no implica eutanasia, ni siquiera es tema de discusión. Señor
no permitas que este energúmeno confunda las mentes de mis compañeros de
viaje. La sentencia que afirma que la
eutanasia pasiva o sea el retiro o suspensión de un tratamiento inútil, es
moralmente lícita, se ataca desde dos frentes: los defensores de la eutanasia
argumentan que la pasiva no difiere de la activa. No cuenta si una persona muere
a consecuencia de una inyección mortal o por la desconexión del respirador. En
ambos casos se produce la muerte. Si la moral y la ley justifican la eutanasia
pasiva, siguen argumentando, entonces se justifica también la eutanasia activa
y debiera legalizarse. Algunos opositores de la eutanasia, equiparando de la
misma manera las dos clases de eutanasia, sostienen la posición contraria. Dado
que no existe diferencia entre la eutanasia activa y la pasiva, ambas son
inmorales y ambas deben ser proscritas por la ley. Por tanto, un paciente
moribundo debe mantenerse forma indefinida bajo el control de aparatos que le
den vida artificial
Comentario:1)
El primer comentario no puede ser tema de debate, ya que no existe diferencia
entre eutanasia pasiva y la activa, ya que ambas son acciones tendientes a
producir la muerte de una persona. La eutanasia pasiva es la omisión de hacer
lo debido, es decir el autor en estos casos realiza otra conducta, diferente a
la debida, por ejemplo, omite alimentarlo, se lo abandona a su suerte, o se
lleva a cabo una conducta diferente al deber de asistencia profesional. En la
eutanasia activa se lleva directamente a cabo una conducta prohibida, que tiene
como móvil producir su deceso. En síntesis la eutanasia pasiva es un hacer
indebido, y la eutanasia pasiva es un hacer prohibido, es decir las dos son
conductas o sea acciones. Ambas se anticipan a la muerte, cuyo plazo
resolutorio se esconde en la recóndita clave de la propia existencia. 2)
Como pueden ver mis lectores, estos pseudo-científicos no pueden
apartarse del concepto del ensañamiento terapéutico sin sentido. Esto no
es, repito, eutanasia ni pasiva, ni activa, de suyo no es el tema de
discusión, burro!. Debemos a nuestros hermanos, los seres humanos, el ser
sinceros con ellos, en todo momento, pero en especial cuando se están
aproximando al fin de su peregrinación terrena. Nosotros mismos no queremos
para nosotros nada menos que una sincera compasión en los últimos momentos de
nuestra vida. La
sinceridad en muchos casos puede producir un daño irreparable, sobre todo
cuando esta sinceridad se sustenta en la ignorancia ontológica del ser. La
sinceridad sólo proviene de la luz, del amor y la razón universal, y la falsa
creencia, de las imágenes reflejadas en la oscuridad de las cavernas. Db. En
resumen; la Eutanasia se clasifica según: Su finalidad: Eutanasia eugénica:
por razones de "higiene racial", libera a la sociedad de los enfermos
que son una carga. Eutanasia piadosa: es la que se practica con el fin de
aliviar los dolores y sufrimientos a un enfermo. Eutanasia eugénica ha sido
practicada de manera sistemática no sólo con la excusa de la higiene racial,
sino como forma seleccionadora y utilitaria. La eutanasia piadosa, es la
sustentada en la desesperación ante el sufrimiento ajeno y estaría dada en el
ámbito personal de un sujeto que se comunica con Dios, para suplicarle
conmiseración y misericordia. Sus medios: Eutanasia positiva: es aquella en
que el agente de manera directa y positiva actúa sobre la persona enferma
provocándole la muerte. Eutanasia negativa: el agente deja de hacer algo que
permite proseguir con la vida del paciente.
Comentario:Ambas
son un apéndice literario de la arbitraria e insustancial división que se
realiza entre la eutanasia positiva y negativa, diferenciados up-supra. Sus
intenciones: Eutanasia directa: cuando en la intención del agente existe el
deseo de provocar la muerte directamente del enfermo. Eutanasia indirecta:
consiste en la muerte no querida en su intención que sobreviene a causa de los
efectos secundarios del tratamiento paliativo del dolor.
Comentario:1)
El deseo de provocar la muerte a alguien, no configura delito alguno en el marco
legal, si así fuera un solo hombre quedaría exento de pena, por lo tanto, la
eutanasia directa es una falacia intelectual. La eutanasia directa es la que se
lleva a cabo un autor/res determinados sobre la vida de un ser humano 2) La
eutanasia indirecta sólo puede considerarse como la practicada por interpósita
persona, a ruego o instigada de manera directa por quien desea producir el
resultado de muerte en otra persona, (ver instigación a cometer delitos
determinados). Si la muerte no es querida, es porque no hubo intención interna,
a falta de intención interna no puede abrir las puertas de la eutanasia, a lo
sumo podrá configurarse la conducta en homicidio culposo. Su voluntariedad: Eutanasia voluntaria: es la que solicita el paciente de palabra o por escrito. Eutanasia involuntaria:
es la que se aplica a los pacientes sin su consentimiento.
ComentarioPara
tratar de comprender esta incoherente debilidad de dividir la eutanasia en
varios departamentos, debemos entenderla dando este ejemplo: La eutanasia
voluntaria desde la hipotética fantasía significa deseo de ser exterminado,
como a una plaga, y la involuntaria significa que lo matarán, como a una
cucaracha.
LA
EUTANASIA A LO LARGO DE LA HISTORIA"Quedan
autorizados para disponer cuanto sea necesario, a fin de que los enfermos
considerables incurables, a tenor de los conocimientos actuales, se los pueda
eliminar físicamente para poner fin a sus sufrimientos." Adolf Hitler-
No solo él ha defendido una postura frente a la eutanasia; miremos las
posiciones de diferentes corrientes de pensamiento respecto de este tema:
Comentario: ¡
Mira que lindo ejemplo ! el de Adolfo, maravilla de tipo. Para
el Jusnaturalismo, la obligación por cuestión divina de respetar la vida en
toda circunstancia, existe unaprohibición estricta sustentada en leyes
naturales de disponer por cuenta propia de la vida. Juan
Pablo II, en su encíclica "El Evangelio de la Vida" define la
Eutanasia como: "Adueñarse de la muerte, procurándola de modo anticipado
y poniendo así fin "dulcemente" a la propia vida o a la de
otro". Y se considera esto como una "cultura de la muerte" que se
ve en las sociedades del bienestar, caracterizadas por una mentalidad
eficientista, que va en contra de los ancianos y los más débiles,
caracterizadas como algo gravoso e insoportable, aisladas por la familia y la
sociedad, según lo cual una vida inhábil no tiene ya valor alguno. Y vuelve a
definir la Eutanasia como una "acción o una omisión que por su naturaleza
y en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor
"situada en la intención y los métodos usados".
Comentario:Directamente
esta referencia no es más que una lesión gravísima a nuestra dignidad, cuyas
consecuencias jurídicas pueden ser inevitables en perjuicio de quien propala y
una información dentro de un medio, a sabiendas de su falsedad absoluta,
llevando a cabo una conducta injuriosa que no tiene justificación, ni
atenuantes. Tengo en este preciso instante y en mis manos el Evangelium Vitae,
Carta Encíclica del Sumo Pontífice Juan Pablo II sobre el valor y el carácter
inviolable de la vida humana en el título " Yo doy la muerte y doy la
vida" pto. 64 pág. 116, entre otras señala textualmente: "... Hoy
debido a los progresos de la medicina y en un contexto cultural con frecuencia
cerrado a la trascendencia, la experiencia de la muerte se presenta con algunas
características nuevas. En efecto, prevalece la tendencia a apreciar la vida sólo
en la medida en que da placer y bienestar, el sufrimiento aparece como una
amenaza insoportable, de la que es preciso librarse a toda costa..... El hombre
rechaza u olvida su relación con Dios, cree ser criterio y norma de sí mismo y
piensa tener derecho de pedir incluso a la sociedad que le garantice
posibilidades y modos de decidir sobre la propia vida en plena y total autonomía.
Es particularmente el hombre que vive en países desarrollados quien se comporta
de así.... en semejante contexto es cada vez más fuerte la tentación de la
eutanasia, esto es, adueñarse de la muerte, procurándola de modo anticipado y
poniendo así fin "dulcemente" a la propia vida o a la de otros. En
realidad lo que podría parece lógico y humano, al considerarlo en profundidad
se presenta absurdo e inhumano. Estamos aquí ante uno de los síntomas más
alarmantes de la cultura de la muerte".... Hechas estas distinciones, de
acuerdo con el Magisterio de mis Predecesores y en comunión con los Obispos de
la Iglesia católica, confirmo que la eutanasia es una grave violación de la
ley de Dios, en cuanto eliminación deliberada y moralmente inaceptable de una
persona humana. Esta doctrina se fundamente en la ley natural y en la Palabra de
Dios escrita, es trasmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el
Magisterio ordinario y universal. Semejante práctica conlleva, según las
circunstancias, la malicia propia del suicidio o del homicidio: ( Cf. Conc. Ecum.
Vat. II, Const. Dogm. Lumen gentium, sobre la Iglesia: Por Dios espero, que
le haya dolido esta bofetada, ¡ a esa intención cobardemente temeraria y
maliciosa ! En términos de una teoría
utilitarista de los derechos, la eutanasia se nos muestra como una opción más
práctica en el caso de que se nos presente una existencia marcada por el dolor
y sin posibilidades de felicidad. Desde esta perspectiva, la eutanasia es buena,
dados los dolores que se le quitan a quien los está sufriendo, se disminuyen
los daños a la sociedad y se termina con una "carga" para la familia.
Comentario: La
antropofagia radica también en el utilitarismoEn
la Utopía de Tomás Moro, aparece el concepto médico y moral de la Eutanasia:
"...Cuando a estos males incurables se añaden sufrimientos atroces, los
magistrados y sacerdotes, se presentan al paciente para exhortarle tratan de
hacerle ver que está ya privado de los bienes y funciones vitales...y puesto
que la vida es un puro tormento, no debe dudar en aceptar la muerte, no debe
dudar en liberarse a sí mismo o permitir que otros le liberen... esto es, la
muerte no le apartará de las dulzuras de vida sino del suplicio y se realiza
una obra ...piadosa y santa...este tipo de muerte se considera algo
honorable" Aquí se ve: una atención esmerada a los enfermos, una
enfermedad intolerable, que legitima la muerte voluntaria y la eutanasia en utopía
, tiene en cuenta los derechos de la persona: responsabilidad moral, libertad,
los sacerdotes son intérpretes de la divinidad. Hume, critica la posición
eminentemente moralista del suicidio y de paso la eutanasia así: "nuestro
horror a la muerte es tan grande que cuando ésta se presenta bajo cualquier
otra forma distinta de la que un hombre se había esforzado en reconciliar con
su imaginación, adquiere nuevos aspectos aterradores y resulta abrumadora para
sus pocas fuerzas. Y cuando las amenazas de la superstición se añaden a esta
natural timidez, no es extraño que consigan privar a los hombres de todo poder
sobre sus vidas" y va en contra de un determinismo al decir que " si
el disponer de la vida humana fuera algo reservado exclusivamente al
todopoderoso, y fuese un infringimiento del derecho divino el que los hombres
dispusieran de sus propias vidas, tan criminal sería el que un hombre actuara
para conservar la vida, como el que decidiese destruirla." Finalmente
justifica la eutanasia en términos prácticos al decir que : " una vez que
se admite que la edad, la enfermedad o la desgracia pueden convertir la vida en
una carga y hacer de ella algo peor que la aniquilación. Creo que ningún
hombre ha renunciado a la vida si esta mereciera conservarse." Quien se
retira de la vida no le produce daño a la sociedad , a lo sumo deja de
producirle un bien . En términos de Kant, a él no le importa la singularidad,
el suicidio es malo, al contrario de Hume, por que viola deberes para conmigo
mismo, el respeto por nosotros mismos. Frente a la eutanasia tiene en cuenta es
la potencialidad de ese ser humano que se quita la vida, las posibilidades de
desarrollo de sus capacidades. La vida no vale por sí misma, sino en función
de un proyecto de vida ligado con una libertad y una autonomía, ésta se
justifica si permite la base material para una vida digna.
Posiciones
que pretenden justificar la Eutanasia Se
suelen presentar las siguientes razones en pro de la eutanasia voluntaria
positiva:1.-La vida de una persona que sufre de
una enfermedad terminal ha venido a ser inútil para su familia, para la
sociedad y para el mismo paciente. Una persona sana no debe cometer suicidio
porque tiene muchos deberes para con su familia, la sociedad y su propio
desarrollo. Por el contrario, una persona que sufre de una enfermedad terminal
no tiene ya más deberes que cumplir, sencillamente porque se encuentra en
incapacidad de hacer algo por sí misma o por los demás. Nadie saca ningún
provecho de que su vida continúe, cargada como está con el peso del
sufrimiento. Por tanto es razonable afirmar que tal persona se encuentra
justificada para poner fina a su propia vida, por su cuenta o con la ayuda de
los demás. 2.-Cuando uno se encuentra ante dos males, tiene que escoger el
mal menor. La prolongación de un sufrimiento inútil es un mal mayor que el
procurarse una muerte inmediata, que de todas maneras pronto iría a sobrevenir. 3.-Resulta
inhumano e insensato conservar en vida a un paciente terminal cuando él ya no
quiere vivir más, y una simple inyección podría poner fin a su lamentable
estado, sin dolor. 4.-Una persona que no cree en Dios puede razonablemente
concluir que el hombre es el dueño de su propia vida. En consecuencia, puede
decidir libremente poner fin a su propia vida, por su cuenta o con la ayuda de
otros, cuando ya no tiene más deberes que cumplir con respecto a su familia y a
la sociedad. 5.-La libertad del hombre para obrar no debe cohibirse a menos
que haya razones convincentes de que su libertad entra en conflicto con los
derechos de los demás. Ahora bien, no puede demostrarse tal conflicto en el
caso del enfermo terminal. Por tanto tal persona tiene el derecho a morir como
ella escoja. 6.-La eutanasia voluntaria positiva es un acto de delicadeza
para con la propia familia y para con la sociedad, ya que el enfermo terminal
decide no seguir siendo oneroso para ellos prolongando su enfermedad, con los
consiguientes costos y todo el trabajo de cuidar a un paciente enfermo de
gravedad. Es mejor liberar los escasos recursos médicos y financieros para que
se empleen en curar a aquellas personas que pueden llevar una vida útil. 7.-Los
creyentes sostenemos que Dios nos dio la vida. De aquí no se sigue que no
podamos intervenir en ella, ya que Dios nos hizo sus admiradores. Es sensato,
por tanto, pensar que Dios no quiere que suframos innecesariamente cuando
podemos de manera fácil poner fin a nuestra desgracia.
POSICIONES
QUE NO JUSTIFICAN EUTANASIA1.-
La tradición occidental y la filosofía teísta se han manifestado contra la
muerte directa de uno mismo, sea solo, sea con la ayuda de los demás. La razón
principal en favor de esta posición es el que Dios pose el dominio directo
sobre la vida humana. Somos administradores de nuestra propia vida pero no sus
propietarios. Así como no podemos decidir el comienzo de nuestra propia vida,
tampoco nos es lícito determinar su final. Aunque este argumento es válido
con base en una filosofía teísta, quizás no convenza a todo mundo, tal vez ni
siquiera a los creyentes. ¿Podría aducirse otra razón? 2.- A través de
toda esta obra hemos venido usando la naturaleza humana racional como el
criterio de moralidad. Hemos justificado la intervención en nuestra naturaleza
cuando es posible probar que una tal intervención es razonable y sirve para
promover nuestra dignidad humana. Preguntémonos ahora: ¿es la eutanasia
voluntaria positiva una intervención razonable en nuestra naturaleza? ¿
Constituye dicha eutanasia un factor humanizante o deshumanizante para el
individuo implicado y para la sociedad? ¿Qué razón puede aducir una
persona a su médico para solicitarle que ponga fin a su vida? Tal razón puede
ser la liberación del dolor, ya que el hombre posee un deseo natural de vivir
y, precisamente, de vivir sin dolor y sin desgracia. Pero no resulta prudente ni
sabio cortar el dolor poniendo fin a la vida. Sería una intervención más
razonable tratar de aliviar el dolor más bien que matar al paciente. Por
fortuna la medicina moderna es muy eficaz para
calmar el dolor. Supuesto que es posible mitigar el dolor, parece ser más digno
del hombre hacer esto que administrar al paciente una inyección mortal. 3.-
Cuando hablamos de eutanasia voluntaria se presume que el paciente solicita
libremente la muerte. Para evitar cualquier engaño o mala interpretación, la
solicitud del enfermo debe obtenerse por escrito y con la firma en presencia de
testigos. ¿Se encuentra un paciente, debilitado por una enfermedad terminal, de
hecho en capacidad de valorar su propia situación y de hacer una petición con
una mente lúcida? ¿Cómo pueden los testigos dar testimonio de que el enfermo
hizo la solicitud de su propia muerte con mente sana y recta? Por tanto, existe
el problema de la libertad en la toma de decisión ¿Se pueden eliminar las
presiones?. La posibilidad de abuso no es imaginaria sino muy real, dados los
encontrados intereses financieros y de otros órdenes, de la familia del
paciente y de la sociedad. 4.- Además, debe determinarse el tiempo exacto
para la aplicación de la inyección mortal. Esto se parece mucho a una ejecución.
La mayoría de los países acabaron con la pena de muerte porque es una forma
muy inhumana de castigo. Es cosa cruel anunciar a una persona la hora exacta de
su muerte. ¿Queremos ahora nosotros introducir de nuevo dicha ejecución por
medio de la inyección en forma masiva? Como dijimos antes, muchos Estados
norteamericanos han aprobado leyes que determinan la ejecución de la pena de
muerte por medio de una inyección. Admitiendo que existe una diferencia entre
ejecutar a un criminal y 91 dar la muerte a un enfermo, con todo las
deshumanizantes y horripilantes circunstancias de la ejecución y de la
eutanasia son las mismas. 5.-
¿Además, quién va a aplicar la inyección mortal? ¿Van los médicos a
aceptar el papel de administrar la muerte en vez de la curación?'. Para quien
va a aplicar la inyección no se requiere que sea médico, ya que el sencillo
procedimiento puede ser aprendido por cualquiera, ¿ Va entonces a existir una
nueva profesión cuya tarea va a consistir- en dar la muerte, exactamente igual
a los ejecutores de la pena de muerte que reciben una paga por su
"servicio" 6.- No faltará quien diga que esta descripción de la
eutanasia es exagerada o hasta sarcástica. No pensaríamos así. No puede
pasarse por alto la realización concreta de la eutanasia. Teniendo en cuenta
todas las circunstancias' ,la eutanasia voluntaria positiva es deshumanizante.
No es un, "morir con dignidad" La posibilidad de abusos relacionados
con la legalización de la eutanasia podría aumentar el temor de los ancianos
de que una enfermedad grave es una ocasión que se presenta a la familia o a las
autoridades para despacharlos de este mundo. Está mucho más en conformidad con
la dignidad humana dejar que la naturaleza siga su curso y aceptar la muerte
cuando venga a
través de factores que no caen bajo el control humano.
POSICION
DE LA IGLESIA CATOLICA SAGRADA
CONGREGACION PARA LA DOCTRINA DE LA FE. DECLARACION SOBRE LA EUTANASIALos
derechos y valores inherentes a la persona humana ocupan un puesto importante en
la problemática contemporánea. A este respecto, el Concilio Ecuménico
Vaticano 11 ha reafirmado solemnemente la dignidad excelente de la persona
humana y de modo particular su derecho a la vida. Por ello ha denunciado los crímenes
contra la vida, como «h<xnicí Dios
de cualquier clase, genocidios, aborto, eutanasia y el mismo suicidio deliberado»
(Cons. Past. Gaudium et spes, n. 27). La S. Congregación para la Doctrina de
la Fe, que recientemente ha recordado la doctrina católica acerca del aborto
procurado juzga oportuno proponer ahora la enseñanza de la Iglesia sobre el
problema de la eutanasia. En efecto, aunque continúen siendo siempre válidos
los principios enunciados en este terreno por los últimos Pontífices, los
progresos de la medicina han hecho aparecer, en los recientes años, nuevos
aspectos M problema de la eutanasia que deben ser precisados ulteriormente en su
contenido ético. En la sociedad actual, en la que no raramente son
cuestionados los mismos valores fundamentales de la vida humana, la modificación
de cultura influye en el modo de considerar el sufrimiento y la muerte; medicina
ha aumentado su capacidad de curar y de prolongar la vida en determinadas
condiciones que a veces ponen problemas de carácter moral. Por ello los hombres
que viven en tal ambiente se interrogan con angustia acerca del significado de
la ancianidad prolongada y de muerte, preguntándose consiguientemente si tienen
el derecho de procurarse a sí mismos o a sus semejantes la «muerte dulce»,
que serviría para abreviar el dolor y sería, según ellos, más conforme con
la dignidad humana. Diversas Conferencias Episcopales han preguntando al
respecto esta S. Congregación para la Doctrina de la Fe, la cual, tras haber
pedido el parecer de personas expertas acerca de los varios aspectos de
eutanasia, quiere responder con esta Declaración a las peticiones de k obispos,
para ayudarles a orientar rectamente a los fieles y ofrecerles elementos de
reflexión que puedan presentar a las autoridades civiles propósito de este
gravísimo problema. La materia propuesta en este documento concierne ante todo
a k que ponen su fe y esperanza en Cristo, el cual mediante su vida, muerte
resurrección ha dado un nuevo significado a la existencia y sobre todo la
muerte del cristiano, según las palabras de San Pablo: «pues si vivimos para
el Señor vivimos; y si morimos, morimos para el Señor. En fin, se que vivamos,
sea que muramos, del Señor somos» (Rom. 14, 8; Fil 1, 20). Por lo que se
refiere a quienes profesan otras religiones, mucho admitirán con nosotros que
la fe - si la condividen - en un Dios creador Providente y Señor de la vida
confiere un valor eminente a toda persona humana y garantiza su respeto. Confiamos,
sin embargo, en que esta Declaración recogerá el consenso de tantos hombres de
buena voluntad los cuales, por encima do diferencias filosóficas o ideológicas,
tienen una viva conciencia de la derechos de la persona humana. Tales derechos,
por lo demás, han sido proclamados frecuentemente en el curso de los últimos años
en declaraciones de Congresos Internacionales (a); y tratándose de derechos
fundamentales de cada persona humana, es evidente que no se puede recurrir 2
argumentos sacados del pluralismo político o de la libertad religiosa para
negarles valor universal. (a) Recuérdese en particular la recomendación
779 (1976). referentes a los derechos de los enfermos y de los moribundos de la
Asamblea Parlamentaria del Consejo de Eutanasia. Comentario:Es
evidente la falta de profundidad en los argumentos de quienes como nosotros, no
estamos de acuerdo con la legalizar la eutanasia. Nadie está en condiciones de
hablar de Dios si no lo conoce, o si conociéndolo se lo intente combatir por
cualquier medio especialmente con la mentira. Es clara la intención de este
documento; es un llamado a la muerte es un llamado al fin, a la destrucción de
la civilización misma. Dios nos proveerá de fuerzas para arrojar a las
tinieblas a esos espíritus malignos que utilizan las mentes de algunos hombres
alejados temerariamente del amor de Cristo para ser utilizados sus cuerpos y sus
mentes, como simples instrumentos, llamados a revelar la justicia satánica,
instigando al mundo al suicidio y al homicidio consentido por medio, como este
caso, de la informática. No hagas mucho mal ni seas insensato; ¿Por qué
habrás de morir antes de tiempo? Eclesiastés 7-1. No hay hombre que tenga
potestad sobre el espíritu para retener el espíritu, ni potestad sobre el día
de la muerte; y no valen armas en tal guerra, ni la impiedad librará al que la
posee. Eclesiastés 7-8. Dr. Daniel Barone
(Abogado) Especialista en Derecho Penal, investigador sobre: la problemática
actual de la Eutanasia.
Doctorando en la Universidad
Argentina J.F. Kennedy
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